Hemos publicado en el blog esta fotos, porque hemos visitado el Palacio de Justicia de Orihuela el día 27 de Octubre de 2011, en concreto la Sala de lo penal, para presenciar juicios. También visitamos los calabozos y la sala de identificación de acusados.
jueves, 27 de octubre de 2011
Visita a los juzgados de Orihuela
Hemos publicado en el blog esta fotos, porque hemos visitado el Palacio de Justicia de Orihuela el día 27 de Octubre de 2011, en concreto la Sala de lo penal, para presenciar juicios. También visitamos los calabozos y la sala de identificación de acusados.
lunes, 24 de octubre de 2011
Tema 3: Historia del Derecho
1.Declaración de Derechos Humanos
Artículo 2. Sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política.
Artículo 3. Derecho a la vida.Artículo 4. Esclavitud y la trata de esclavos prohibidos.
Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles inhumanos o degradantes.
Artículo 10. Derecho un tribunal independiente e imparcial.
Artículo 11. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
Artículo 15. Derecho una nacionalidad.
Artículo 16. Derecho a casarse y fundar una familia y disfrutaran de iguales derechos.
Artículo 17. Derecho a la propiedad.
Artículo 18. Derecho a la libertad de pensamiento de conciencia y de religión.
Artículo 20. Derecho a la libertad de reunión.
Artículo 21. Derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por representantes libremente escogidos.
Artículo 22. Derecho a la seguridad social.
Artículo 23. Derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo.
Artículo 25. Derecho a un nivel de vida adecuado.
Artículo 26. Derecho a la educación.
Artículo 30. Ninguna sociedad ni ser humano de ninguna parte del mundo pueden quitarle a nadie los derechos que acabas de leer. 2.-La Codificación del derecho

1.-Código de Ur-Nammu (212-2095a.de C.) Mesopotamia.
Te sancionan y hay que pagar. Protegen a los huérfanos.

2.- Código de Hammurabi (1713-1750a. de C.) Babilania.
El código regula las jerarquías, los precios, las penas, estaba escrito en piedra.

3.-Leyes de Manu (S.XIII a. de c.) India.
Las sanciones son muy crueles.

4.- Legislación de licurgo (S.XIX a. de C.) Esparta.
Normas sobre la guerra y agresivas.

5.- Ley de las XII Tablas (S.V a. de C.) Roma.
Establece el derecho de los ciudadanos romanos. Se regulan todas las actividades.

6.- Código Gregoriano (S. III) Roma.
Es un código que está incompleto, contiene derecho privado, penal y administrativo y se componía de 14 o 16 libros.

7.- Código Hermogeniano (S.IV) Roma.
Es un código que recoge las constituciones imperiales de Roma basándose en el Código Gregoriano.

8.- Código Teodosiano (S.V) Roma.
Recopilación de la legislación anterior. Aparecen divididas por ramas.

9.- Corpus Iuris Civilis de Justiniano (S.VI) Bizancio.
Esta formado por 50 libros.
10.-Breviario de Alarico (S.VI) Burdeos.11.- Código de Eurico (S.V) Tolosa.
Este código recoge las costumbres de los godas influidas por el derecho romano . Reparto de tierras.
Defiende poder absoluto del rey incluso sobre la iglesia y sobre los nobles.
13.-Ley sálica (S.VI, el rey Clodoveo ) Alemania.
Fue la más importante y la mujer no podía coger el trono y trataba herencias, crímenes y lesiones.
Código recopilatorio que contiene derecho natural y eclesiástico, derecho público y privado, derecho de familia, contratos y derecho penal.
15.-Código de Comercio (1885) España.
16.-Código Civil (1889) España.
Todavía en vigor aunque algunos artículos están derogados o modificados .
3.- Proceso de constitucionalización del derecho
- El derecho constitucional regula la organización jurídica del Estado.
- La Constitución sienta los valores supremos del ordenamiento jurídico y como tal sirve de parámetro de validez de todas las demás normas jurídicas del sistema. Por eso a la Constitución se le denomina también ley de leyes, la lex legum o ley fundamental.
- La Constitución es el marco donde se deben ubicar todas las leyes. Las leyes contrarias al sentido de la Constitución son inconstitucionales y no se aplican.
- Las bases del derecho constitucional moderno son:
- La limitación del poder mediante su distribución equitativa.
- La garantía de los derechos y libertades fundamentales de la persona.
- La supremacía y permanencia del texto constitucional.
4.-Distinción entre derecho público y derecho privado
5.-La internalización del derecho.
- Los derechos humanos a partir de 1948 fueron reconocidos por la ONU iniciándose el proceso de internacionalización del derecho.
- En la Unión Europea se unifican las normas para todos los países miembros. A nivel mundial, existe la OMC (Organización Mundial del Comercio), este organismo internacional regula los distintos aspectos relacionados con el comercio entre paises.
- En la OIT (organización internacional del trabajo), se establece un marco legal común para todos los paises miembros.
- El BM (Banco Mundial) y el FMI (Fondo Monetario Internacional) marcan las directrices del crecimiento económico de todos los paises del mundo.
martes, 18 de octubre de 2011
Tema 2 : Dimensiones del derecho
1.- Dimensión normativa del derecho. Estructura del derecho.
El derecho puede ser clasificado en:

2.Dimensión social del derecho. Funciones del derecho.
2.1.Función reguladora:

2.4. Función promocionadora:
Promociona los valores éticos, buenos para los ciudadanos.
3. Dimensión valorativa del derecho: fines del derecho y derechos humanos.Los fines del derecho son:
El derecho puede ser clasificado en:
- Derecho natural
- Derecho positivo
- Derecho privado:
- D. Civil. Ej. Código Civil.
- D. Mercantil y Societario. Ej. Ley de S.A
- D. Laboral o D. del Trabajo. Ej. Estatuto de los trabajadores
- D. Internacional privado
- Derecho público
- D. Administrativo
- D. Penal
- D. Procesal
- D. Fiscal
- D. Internacional
- D.Seguridad social
- D.Constitucional

2.Dimensión social del derecho. Funciones del derecho.
2.1.Función reguladora:
- Función de resolución de conflictos: como dispositivo de prevención, establece unas normas reguladoras que tienen el respaldo de la opinión pública. Ej. las normas de la propiedad intelectual .
- Función represora: se penaliza una conducta para evitar su repetición. Ej. Pelea entre jóvenes.
- Función orientadora: modela el orden social estableciendo los parámetros de lo permitido, lo prohibido y lo obligatorio. Ej. un trabajador puede informarse de las condiciones de trabajo en el convenio colectivo del sector .
a) Organización del poder político: en la parte orgánica de la Constitución.
b) Organización de la sociedad civil: regulación de instituciones como: familia, sindicatos y asociaciones empresariales.
2.3. Función distributiva:
Reparte entre los ciudadanos derechos y obligaciones
2.4. Función promocionadora:
Promociona los valores éticos, buenos para los ciudadanos.
3. Dimensión valorativa del derecho: fines del derecho y derechos humanos.Los fines del derecho son:
- Promover la justicia.
- Resolver los problemas de forma pacífica.
- Respetar derechos humanos.
- Organizar la sociedad .
viernes, 7 de octubre de 2011
Tema 1 : Derecho y sociedad
1.-¿Que es el derecho ? El derecho es el conjunto de normas que regulan el comportamiento humano.
4.- Concepto de persona jurídica:
Son organizaciones a las que el derecho reconoce personalidad independiente de la de sus componentes.
5.- Capacidad jurídica y capacidad de obrar
Las personas físicas adquieren capacidad de obrar de forma progresiva al cumplir años, por lo que supone la adquisición de conciencia, autonomía y madurez para realizar actos con trascendencia jurídica. En España la mayoría de edad es a los 18 años, y a partir de los 16 años las personas pueden ser emancipadas.
Las personas emancipadas adquieren una capacidad de obrar muy próxima a los mayores de edad, ya que pueden realizar actos jurídicos, a excepción de: tomar dinero a préstamo y vender bienes inmuebles sin el consentimiento de sus padres.
A los 16 años las personas pueden trabajar, pero en el contrato de trabajo tiene que ir la firma del menor acompañada de la firma del padre, madre o tutor. Para cobrar la nómina o para rescindir el contrato, puede firmar el menor sin contar con los padres.
A los 14 años las personas se pueden casar (siempre y cuando lo autorice un juez).
Restricciones a la capacidad de obrar:
Tipos de derecho:
Deber jurídico, responsabilidad y acto jurídico:
Ilícitos: Reprobados por el ordenamiento jurídico.
El código civil establece el momento en el que comienza la personalidad, osea, la atribución de derechos como ser humano.
Otras definiciones de derecho
- Factor para la integración social.
- Reglas que garantizan la convivencia pacifica y ordenada de los hombres.
2.-Tipos de derecho
- Derecho natural: es el que la naturaleza enseña a todos. Es el que siempre es bueno y equitativo.
- Derecho positivo: son las normas jurídicas, es decir aquellas reglas escritas.
3.- Concepto de persona física
- La persona existe con independencia del derecho y tiene esa consideración desde el momento en que nace .
- Etimología la palabra persona proviene del verbo latino "sono, as, are" ( sonar) y del prefijo per, que significa (resonar , sonar mucho).
- Separación completa del seno materno
- Que el feto nazca vivo
- Que tenga figura humana
- Que viva veinticuatro horas. Se entiende que después de estar desprendido completamente del seno materno. El tiempo ha de cronometrarse a partir del corte del cordón umbilical.
Extinción de la persona física: al morir la persona física pasa a ser cadáver.
- En cuanto a la eutanasia, hemos de entender por tal de acortamiento voluntario de la vida de aquel que sufre una enfermedad incurable, para poner, de ese modo , fin a sus sufrimientos. Actualmente, en el ámbito del derecho penal no se admite la práctica de la eutanasia.
- La protección que nuestra Constitución dispensa a la vida no conduce a la penalización de aquella conducta por virtud de la cual una persona se quita a sí misma la vida, llamada suicidio. El suicida frustrado tampoco comete delito alguno. Si que lo comete el que induce a otro a suicidarse.
4.- Concepto de persona jurídica:
Son organizaciones a las que el derecho reconoce personalidad independiente de la de sus componentes.
5.- Capacidad jurídica y capacidad de obrar
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| En el derecho romano |
- Capacidad jurídica: es la aptitud que tienen las personas físicas o jurídicas para ser titulares de derechos y obligaciones.
- Capacidad de obrar: es la aptitud para realizar actos jurídicos con validez, ejmp: firmar un contrato de compraventa.
Las personas físicas adquieren capacidad de obrar de forma progresiva al cumplir años, por lo que supone la adquisición de conciencia, autonomía y madurez para realizar actos con trascendencia jurídica. En España la mayoría de edad es a los 18 años, y a partir de los 16 años las personas pueden ser emancipadas.
Las personas emancipadas adquieren una capacidad de obrar muy próxima a los mayores de edad, ya que pueden realizar actos jurídicos, a excepción de: tomar dinero a préstamo y vender bienes inmuebles sin el consentimiento de sus padres.
A los 16 años las personas pueden trabajar, pero en el contrato de trabajo tiene que ir la firma del menor acompañada de la firma del padre, madre o tutor. Para cobrar la nómina o para rescindir el contrato, puede firmar el menor sin contar con los padres.
A los 14 años las personas se pueden casar (siempre y cuando lo autorice un juez).
Restricciones a la capacidad de obrar:
- Las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impiden a la persona gobernarse por si misma.
- Nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial en virtud de las causas establecidas en la ley.
Tipos de derecho:
- Subjetivo: son facultades, poderes y autorizaciones derivadas de las normas. Por ejemplo, el derecho a cobrar una pensión de jubilación.
- Objetivo: conjunto de normas aplicables en cada país. Un ejemplo es la Ley General de la Seguridad Social.
Deber jurídico, responsabilidad y acto jurídico:
- Deber jurídico: obligación de cumplir las normas jurídicas.
- Responsabilidad: capacidad existente en todo sujeto de derecho para reconocer las consecuencias de un hecho que realizó con libertad. También es la obligación de reparar y satisfacer una culpa.
- Acto jurídico: acto consciente y voluntario. Pueden ser de dos tipos:
Ilícitos: Reprobados por el ordenamiento jurídico.
El código civil establece el momento en el que comienza la personalidad, osea, la atribución de derechos como ser humano.
sábado, 1 de octubre de 2011
Contenidos
Bloque temático 1: Derecho y sociedad
1. Concepto de derecho
2. Las dimensiones del derecho
3. La historia del derecho
4. Derecho y Estado: el Estado de derecho
Bloque temático 2: Las fuentes del derecho
5. Las fuentes del derecho en España
6. La normativa internacional
7. La Constitución Española
8. El Estatuto de autonomía en la Comunidad Valenciana
Bloque temático 3: Derecho público
9. Derecho administrativo
10. Derecho tributario
11. Derecho penal y procesal
Bloque temático 4: Derecho privado
12. Derecho civil
13. Derecho mercantil
14. Derecho laboral
1. Concepto de derecho
2. Las dimensiones del derecho
3. La historia del derecho
4. Derecho y Estado: el Estado de derecho
Bloque temático 2: Las fuentes del derecho
5. Las fuentes del derecho en España
6. La normativa internacional
7. La Constitución Española
8. El Estatuto de autonomía en la Comunidad Valenciana
Bloque temático 3: Derecho público
9. Derecho administrativo
10. Derecho tributario
11. Derecho penal y procesal
Bloque temático 4: Derecho privado
12. Derecho civil
13. Derecho mercantil
14. Derecho laboral
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