lunes, 14 de noviembre de 2011

Tema 4: Derecho y Estado.

1.-El Estado de Derecho.


  • El estado de derecho: está formado por el Estado y el Derecho, como conjunto de normas que rigen el funcionamiento de una sociedad. El poder del Estado se encuentra limitado por el derecho.
  • Surge por oposición al Estado absolutista, donde el rey se encontraba por encima de todos los ciudadanos y podía ordenar y mandar sin ningún otro poder que le hiciera contrapeso. El Estado de derecho, en cambio, supone que el poder surge del pueblo, quien elige a sus representantes para el gobierno.
  • División de poderes (Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial) que, en el Estado absolutista, se reunían en la figura del rey. Los tribunales son autónomos respecto al soberano y aparece el parlamento para contrarrestar el poder del gobernante.



2.- División de poderes


  • Poder legislativo: El parlamento (las cortes) dividido en España en dos cámaras: el congreso de los diputados y el senado (senadores), que se encargan todos ellos de hacer las leyes. Los parlamentos pertenecen a distintos partidos políticos.
  • Poder ejecutivo: El gobierno formado por el Presidente y el Consejo de Ministro, son todos del mismo partido (el que gana las elecciones y hacen cumplir las leyes aprobadas por el parlamento).
  • Poder judicial: Los jueces y tribunales resuelven conflictos aplicando las normas.




3.-Democracia y estado de derecho 

  • La noción de democracia es un concepto relacionado con el Estado de derecho, ya que supone que el pueblo tiene el poder y lo ejerce mediante las elecciones, cuando elige a sus representantes.

  • Pero la democracia no implica que exista un verdadero Estado de derecho. Pues un líder puede llegar al poder por vías democráticas y después abolir el Estado de derecho, como Adolf Hitler en Alemania. También pueden existir gobiernos que respetan el funcionamiento democrático en ciertas cuestiones, pero que violan el Estado de derecho en otras.



4.-La Constitución y el Estado de Derecho.

La Constitución española de 1978 se basa en el Estado de derecho. En su artículo 1º se establece lo siguiente:
  1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho.
  2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
  3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.



5.-Sistema Electoral Español.

  • En España, tenemos un sistema de listas cerradas en las elecciones al Congreso de los Diputados. Esto es: el elector no vota a una persona sino a una lista de personas.
  • Cada partido presenta una lista con sus candidatos, ordenada por orden de preferencia, en cada circunscripción y el votante puede elegir entre la lista del partido A, la lista del partido B o la del C. Una vez hecho el recuento y dilucidado cuántos diputados corresponden a cada partido, los elegidos son los de la lista empezando por el primero. Si el partido A ha tenido cinco diputados por esa circunscripción, el B tres y el C uno, se convierten en diputados los cinco primeros de la lista A, los tres primeros de la lista de B y el primero de la lista de C.
  • Este sistema presenta un gran déficit democrático porque deja buena parte de la elección en manos de quien elabora las listas. El elector no vota para elegir que persona le representará sino que partido le representará.

  • Para el Senado, los senadores se eligen por listas abiertas
  • Las consecuencias de las listas abiertas son que los partidos como tales pierden poder y que hay más posibilidades de que personas independientes sean elegidas.
  • Las listas abiertas dignifican el parlamento, limitan el alcance de la partitocracia, dan mayores matices al voto de los ciudadanos, mejoran la representación. El diputado debe cuidar de su electorado y enriquecer la democracia con la participación de personas independientes.



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